Cartas

Dictamen DT sobre ley de 40 horas: trabajadores excluidos

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Señor Director:

Después de 10 meses desde la publicación de la Ley de 40 horas, se publicó el Dictamen de la Dirección del Trabajo. Una de las inquietudes más relevantes era qué iba a suceder con los trabajadores excluidos de jornada, más conocidos como “los que tienen artículo 22”, siendo la gran interrogante la interpretación sobre “aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de las labores desempeñadas”.

El Dictamen 81/02 publicado el 1 de febrero se limitó a señalar sólo lo siguiente “la exclusión de limitación de jornada debería referirse a servicios o funciones que, por su naturaleza, presenten un impedimento acreditable que inhiba la utilización de medios de supervisión o control lícito”. Pero, ¿qué significa esto? Lo anterior nos deja con mayor incertidumbre pudiendo haber utilizado dictámenes anteriores del Servicio que explicaban con mucha mayor claridad esta situación.

Nuevamente el Servicio emite un dictamen que dista mucho de fijar el sentido y alcance la norma, provocando por consiguiente que aumente considerablemente la judicialización en Tribunales Laborales que ya no dan abasto, en vez de resolverlo ex ante con una buena y simple interpretación.

Valentina Morales

Head equipo Laboral, Morales & Besa

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